Desde
hace algunos días, dada la naturaleza del trabajo que hago, quería escribir
algo sobre este tema. Confieso que debo dar gracias a los dueños y al personal
de recepción o información del principal hipermercado de Coro, pues su descortesía y el maltrato frente a una propuesta, se convirtió en el estimulo
definitivo para hacerlo de una vez.
Es normal que en muchos establecimientos
comerciales y empresas se exhiba con orgullo y autoridad un cartel que dice:
SUSPENDIDAS LAS COLABORACIONES. En muchos es tan añejo, que se pierde en la
memoria el momento en el que no estuvieron suspendidas. Y es que,
definitivamente, buena parte de los comerciantes y empresarios, cuidado si no
la mayoría, ignora que conceder colaboraciones, donaciones o liberalidades
puede convertirse en una acción provechosa para su firma, tanto desde el punto
de vista financiero, que es el que priva entre quienes exhiben tal desatino,
como organizacional y social.
Vale la pena decir, antes de entrar en
detalles, que por desconocimiento de derechos u oportunidades que les conceden
algunas leyes, los empresarios terminan colaborando regularmente con el Estado
(más allá de lo que deberían y no obstante las críticas que tengan acerca del
destino de los recursos que cancelan), sin que la “suspensión de las
colaboraciones” sirva para algo, más que para esconder una visión poco moderna
de la gestión empresarial.
Veamos; ¿cuántas organizaciones sociales,
clubes, personas acuden a las empresas para solicitar colaboraciones para
actividades deportivas?, bastantes, muchas, mas con la ausencia de iniciativas
gubernamentales que atiendan este tema de forma suficiente y oportuna. Pues
bien, si su empresa obtuvo una utilidad en el ejercicio económico anterior
mayor a las 20 mil unidades tributarias, está obligada por la Ley Orgánica de
Deporte, Actividad Física y Educación Física a aportar el 1% de la utilidad
neta al Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la
Educación Física, pero el 50% de ello podrá utilizarlo para la ejecución de proyectos propios del
contribuyente y para el patrocinio del deporte en atención a los
lineamientos oficiales en materia deportiva.
¿Cuántas organizaciones sociales, clubes,
personas acuden a las empresas para solicitar colaboraciones para actividades
de prevención en el consumo de drogas?, también muchas y por las mimas razones
que en el caso anterior. Pues bien, si su empresa tiene 50 trabajadores o más,
o se dedica a la fabricación o importación de bebidas alcohólicas, tabaco y sus
mezclas, está obligada, de conformidad con la Ley Orgánica
de Drogas, a aportar, el 1% las primeras
y el 2% las segundas (de su utilidad neta), al Fondo Nacional Antidrogas, pero
40% de ese monto podrá ser destinado a
proyectos de prevención en el ámbito laboral del aportante a favor de sus
trabajadores y
el entorno familiar
de éstos, además que, en general, estos aportes
podrán ser deducidos del Impuesto
Sobre la Renta, especialmente si se orientan a la
atención de niños y adolescentes.
¿Cuántas organizaciones sociales, clubes, personas acuden
a las empresas para solicitar colaboraciones para diversas actividades
sociales, benéficas y de atención a niños y adolescentes?, también muchas, lo
sé. Pues bien, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes le ofrece la oportunidad, también a las personas naturales, de efectuar liberalidades o donaciones a
favor de organizaciones que atiendan a niños y adolescentes, que podrán
deducir doblemente atendiendo a lo establecido en los Parágrafos
Decimosegundo y Decimotercero del Artículo 27 de la Ley de Impuesto Sobre la
Renta.
Estoy seguro que muchas de las empresas
que exhiben el cartel que inspira este artículo no le prestan atención a estas
oportunidades que les brindan las leyes a las que se ha hecho referencia, y, en
oposición a su política de suspensión de colaboraciones, dilapidan recursos que
bien pudieran utilizar para dejar de lado ese cartel y colaborar
concienzudamente para que puedan ahorrar pagando menos impuestos, fortalecer la
gestión organizacional mediante la atención de necesidades del personal en base
a lo que disponen estas leyes y, finalmente, afianzarse como empresas
socialmente responsables, con legitimidad y respaldo de las comunidades o
sectores en los que tienen su radio de acción.
Así que bote ese cartel, planifique el
cumplimiento de las obligaciones legales y atienda, con amabilidad, entusiasmo
y amplitud, las solicitudes o planteamientos que le hagan, tal vez en ellas se
encuentre una oportunidad de impulsar iniciativas que le ayuden a hacer de su
empresa una referencia como entidad socialmente responsable.
Por @EddyTimaure
